Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

Cápitulo 3
PLAZOS Y FORMAS PARA LA PRESENTACIÓN DE AVISOS

PRESENTACIÓN DE AVISO CON INFORMACIÓN MENSUAL

Art.-23.-

Quienes realicen Actividades Vulnerables de las previstas en esta Sección presentarán ante la Secretaría los Avisos correspondientes, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, según corresponda a aquel en que se hubiera llevado a cabo la operación que le diera origen y que sea objeto de Aviso.

CUMPLIMIENTO EN MEDIOS ELECTRÓNICOS

Art.-24.-

La presentación de los Avisos se llevará a cabo a través de los medios electrónicos y en el formato oficial que establezca la Secretaría.

INFORMACIÓN RESPECTO A ACTOS O ACTIVIDAD VULNERABLE

Dichos Avisos contendrán respecto del acto u operación relacionados con la Actividad Vulnerable que se informe, lo siguiente:

  1. I.- Datos generales de quien realice la Actividad Vulnerable;

  2. II.- Datos generales del cliente, usuarios o del Beneficiario Controlador, y la información sobre su actividad u ocupación de conformidad con el artículo 18 fracción II de esta Ley, y

  3. III.- Descripción general de la Actividad Vulnerable sobre la cual se dé Aviso.

    FEDATARIOS PÚBLICOS

A los notarios y corredores públicos se les tendrán por cumplidas las obligaciones de presentar los Avisos correspondientes mediante el sistema electrónico por el que informen o presenten las declaraciones y Avisos a que se refieren las disposiciones fiscales federales.

REQUERIMIENTO DE DOCUMENTACIÓN

Art.-25.-


La Secretaría podrá requerir por escrito o durante las visitas de verificación, la documentación e información soporte de los Avisos que esté relacionada con los mismos.