X
21 de Abril de 1972
23 de Diciembre de 1974
13 de Noviembre de 1981
7 de Enero de 1982
30 de Diciembre de 1983
8 de Febrero de 1985
13 de Enero de 1986
30 de Abril de 1986
28 de Diciembre de 1989
24 de Febrero de 1992
12 de Marzo de 1992
22 de Julio de 1994
6 de Enero de 1997
31 de Diciembre de 2000
25 de Mayo de 2001
1 de Junio de 2005
9 de abril de 2012
15 de Enero de 2014
19 de Marzo de 2014
4 de Junio de 2015
6 de Enero de 2016
27 de Abril de 2016
24 de Enero de 2017
1 de mayo de 2019
23 de Abril de 2021
24 de Enero de 2017
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 2017
Artículo Único.- Se reforman los artículos 6o., párrafos primero y último; 10, fracciones X y XI; 18, fracciones V y VI; 25 Bis, párrafo primero; 25 Bis 1, párrafo primero, fracciones III, IV y VIII; 28; y se deroga la fracción VII del artículo 25 Bis 1 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, para quedar como sigue:
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 6 de diciembre de 2016.- Dip. Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente.- Sen. Pablo Escudero Morales, Presidente.- Dip. Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, Secretaria.- Sen. María Elena Barrera Tapia, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintitrés de enero de dos mil diecisiete.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.