29 de diciembre de 2000
DECRETO por el que se reforma el primer párrafo del artículo 48 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2000
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el primer párrafo del artículo 48 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior, para quedar como sigue:
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.- El Secretario de Economía, Luis Ernesto Derbez Bautista.- Rúbrica.