REGLAS GENERALES DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2017 Y SUS ANEXOS 1-A, 2 Y 10.
Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2017
ANEXO 2 DE LAS REGLAS DE CARACTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR PARA 2014
MULTAS Y CANTIDADES ACTUALIZADAS QUE ESTABLECE LA LEY ADUANERA Y SU REGLAMENTO, VIGENTES A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2015
Conforme a las fracciones IV y V de la regla 1.1.6., se dan a conocer las cantidades actualizadas establecidas en el artículo que se precisa en dicha regla.
Artículo 184-B.
Multa de $20,510.00a $34,190.00 a la señalada en las fracciones I y II.
Multa de $1,620.00 a $2,310.00 a la señalada en la fracción III.
Artículo 185.
Multa de $3,340.00 a $5,010.00, en caso de omisión a las mencionadas en las fracciones I y II. Las multas se reducirán al 50% cuando la presentación sea extemporánea.
Multa de $3,480.00 a $5,790.00, en el caso señalado en la fracción VII, por cada pedimento o por cada aviso consolidado.
Multa de $16,700.00 a $25,050.00, a la señalada en la fracción XVII, en caso de no presentar el aviso dentro del plazo establecido.
Artículo 187.
Multa de $18,670.00 a $28,000.00 a las señaladas en la fracción IX.
Atentamente,
Ciudad de México, a 19 de enero de 2017.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, Osvaldo Antonio Santín Quiroz.- Rúbrica.