DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA EL ARTÍCULO 254 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA DE FUERO COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA DE FUERO FEDERAL.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1980
ARTICULO UNICO.- Se adicionan las fracciones V y VI al Artículo 254 del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en materia de Fuero Federal, para quedar en los siguientes términos:
TRANSITORIO
UNICO.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.