DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 153 Y 154, Y SE DEROGA EL ARTÍCULO 151 DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2017
Artículo Único.- Se reforman los artículos 153 y 154, y se deroga el artículo 151 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
TRANSITORIO
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 2 de febrero de 2017.- Dip. Edmundo Javier Bolaños Aguilar, Presidente.- Sen. Pablo Escudero Morales, Presidente.- Dip. María Eugenia Ocampo Bedolla, Secretaria.- Sen. Itzel S. Ríos de la Mora, Secretaria.- Rúbricas.
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veinticuatro de marzo de dos mil diecisiete.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.- Rúbrica.