DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de agosto de 2005
Artículo Único.Se reforman los artículos 29, párrafo segundo; 222, párrafos tercero y cuarto, y 222 bis, del Código Penal Federal, para quedar como sigue:
TRANSITORIOS
Primero. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. A las personas que hayan cometido algún delito de los contemplados en el presente Decreto con anterioridad a su entrada en vigor, les serán aplicables las disposiciones vigentes al momento de su comisión.
México, D.F., a 20 de julio de 2005.- Dip. Manlio Fabio Beltrones Rivera, Presidente.- Sen. Diego Fernández de Cevallos Ramos, Presidente.- Dip. Marcos Morales Torres, Secretario.- Sen. Sara I. Castellanos Cortés, Secretaria.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diecinueve días del mes de agosto de dos mil cinco.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.