DECRETO QUE REFORMA EL ARTÍCULO 311 DEL CÓDIGO PENAL PARA EL DISTRITO Y TERRITORIOS FEDERALES EN MATERIA DEL FUERO COMÚN Y PARA TODA LA REPÚBLICA EN MATERIA DEL FUERO FEDERAL.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de febrero de 1969
ARTICULO UNICO.- Se reforma el artículo 311 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales en materia del Fuero Común y para toda la República en materia del Fuero Federal, para quedar como sigue:
TRANSITORIO
UNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.