Reglamento de la Ley del Seguro Social

Reglamento de la Ley del Seguro Social

Cápitulo 3
DE LOS EJIDATARIOS, COMUNEROS, COLONOS Y PEQUEÑOS PROPIETARIOS

SUJETOS DE ASEGURAMIENTO DEL CAMPO

Art.-93.-

Los sujetos de aseguramiento del campo señalados en los artículos 13, fracción III, y 235 de la Ley, para ser considerados como tales, deberán encontrarse dedicados en forma directa a las labores de carácter agrícola, ganadera, forestal o mixtas.

INCORPORACIÓN DE SUJETOS DE ASEGURAMIENTO DE TRABAJADORES DEL CAMPO

Art.-94.-

La incorporación voluntaria de los sujetos a que se refiere este Capítulo, además de lo previsto en el artículo 88 de este Reglamento, terminará por incorporación al régimen obligatorio a través de Decreto del Ejecutivo Federal, en los términos del artículo 12, fracción III, de la Ley.