Ley del Impuesto al Valor Agregado. LIVA

Ley del Impuesto al Valor Agregado. LIVA

10 de Enero de 2008

Transitorio 1o. de enero de 2008


1o. de enero de 2008 .-

Del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, del Código Fiscal de la Federación, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y se establece el Subsidio para el Empleo, vigente a partir del 1o. de enero de 2008 (DOF 1o./X/2007)

ENTRADA EN VIGOR

Único. El presente Decreto entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2008, salvo la reforma al artículo 109, fracción XXVI de la Ley del Impuesto sobre la Renta, la cual entrará en vigor al día siguiente de la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial de la Federación.